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Solicitud de subvención al mantenimiento de la ocupación del programa Girona Actua (+)

Estas ayudas tienen como objetivo contribuir al mantenimiento de la ocupación de todas aquellas actividades empresariales que se han visto afectadas por el estado de alarma decretado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Se pretende, por un lado, apoyar al tejido económico local para la continuidad de su actividad y, de la otra, evitar la entrada al paro de personas que, con anterioridad a esta crisis sanitaria, se encontraban en situación de ocupación.


Obtener instancia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
Hay dos líneas de ayudas:
-Línea 1: Personas trabajadoras autónomas que no ocupan trabajadores/oras, que cumplan los requisitos expuestos en las bases de la convocatoria.
-Línea 2: Microempresas, profesionales autónomos/as y entidades sin afán de lucro que a fecha de 29 de febrero de 2020 contaran con una plantilla de hasta 10 trabajadores/oras; con domicilio fiscal, delegación o centro de trabajo ubicado en el municipio de Girona, y que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en las bases de la convocatoria.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica

Requisitos previos:
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Disponer de un sistema de organización y gestión de la prevención de riesgos laborales.
- Cumplir con la normativa vigente en cuanto a gestión de subvenciones, igualdad de trato y oportunidades, acoso por razón de sexo, finanzas públicas, ayudas de mínimis, y protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Haber justificado cualquier subvención anteriormente otorgada por el Ayuntamiento de Girona.
- No haber amortizado puestos de trabajo indefinidos mediante despidos declarados improcedentes por la autoridad competente durante los 3 meses anteriores al inicio del periodo subvencionable.
- No haber sido sancionada en materia de integración laboral de personas con disminución, relaciones laborales o seguridad y salud en el trabajo.

Observaciones:
- A todos los efectos, cuando se trate de información o de documentos que estén en poder del Ayuntamiento de Girona se podrá ejercer el derecho a no presentarlos, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años. El interesado/a tendrá que indicar el órgano donde fueron presentados o por el cual fueron emitidos, la fecha de presentación o emisión y el procedimiento a que corresponden.
- En caso de que la empresa autorice a una persona, empresa o entidad para la realización del trámite en nombre suyo, habrá que adjuntar también el impreso de autorización de representación que se encuentra adjunto en el apartado más información.

Legislación
- Bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento de la ocupación, en el marco del programa Girona Actúa (+) y en régimen de concurrencia competitiva, para microempresas y personas trabajadoras autónomas afectadas por las consecuencias de la crisis sanitaria generada por la COVID-19; aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en fecha 26 de junio de 2020, publicadas al Boletín Oficial de la Provincia de Girona n.º 140, n.º de edicto 4929, de 22 de julio de 2020.
- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
- El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, de acuerdo con lo establecido en su disposición final primera.
- Ordenanza general de subvenciones del Ajuntament de Girona, sus organismos autónomos y entidades dependientes, publicada en el BOP en fecha 10 de diciembre de 2015. d) Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya.
- Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Catalunya.
- Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres. e) Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Ley 19/2014 de transparencia, de 29 de diciembre, de acceso a la información pública y buen gobierno.
- El resto de normativa vigente aplicable.

Plazo resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de 6 meses, contados a partir del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Silencio administrativo
Negativo

Más información;
Bases de la convocatoria de subvenciones Girona Actúa (+)
Ayudas "Girona Actúa (+)"
Autorización de representación por terceras personas
Subvenciones, becas y ayudas

 

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