Solicitud de inclusión/exclusión en el Servicio de Atención a Domicilio
El Servicio de Atención a Domicilio proporciona asistencia a personas mayores ya personas con problemas de autonomía personal, de forma temporal o permanente.
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- Dónde dirigirse:
- OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Documentación a aportar:
- Solicitud de inclusión / exclusión en el Servicio de Atención a Domicilio:
- Justifiante de ingresos de la unidad familiar
- Informe mèdico y de tratamientos, actualizado
- Libro de familia
- Documento identificativo de la persona interesada
- Observaciones:
- La solicitud de inclusión en el servicio de atención a domicilio, será valorada técnicamente por los servicios básicos de atención social del barrio.
Tiene carácter preventivo y asistencial y lo configuran una serie de recursos de atención personal, y tecnológicos:
Servicio de atención personal
Servicio de cuidado del hogar
Servicio de comidas a domicilio
Servicio de teleasistencia
Servicio de ayudas técnicas