Petición de notificaciones electrónicas
Las personas interesadas pueden solicitar recibir las notificaciones electrónicas de todas las resoluciones municipales o de los trámites indicados expresamente.
Obtener instancia
Tramitar en línia
- Dónde dirigirse:
- OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Requisitos previos:
- És indispensable disposar d'una adreça electrònica.
- Observaciones:
- Es indispensable disponer de una dirección electrónica.
El sistema de notificaciones del Ajuntament de Girona es el e-NOTUM. Para poder acceder a este servicio de notificaciones electrónicas es imprescindible que la persona interesada disponga de un certificado electrónico reconocido por la Agencia Catalana de Certificación (CATcert): IdCAT, e-DNI, T-CAT, FNMT (Fábrica Nacional de moneda y timbre), firmaprofesional, Autoritat de Certificació de l'Advocacia o Camerfirma (sólo para empresas).
- Legislación
- - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
- 29/2010, de 3 de agosto, del uso de los medios electrónicos en el sector público de Cataluña
- Ordenanza reguladora de la administración electrónica