Comunicación de actos electorales
Comunicación de actos electorales de las diferentes candidaturas, partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones que se presentan a las elecciones.
Obtener instancia
Tramitar en línia
- Dónde dirigirse:
- OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- - Las personas jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Observaciones:
- Hay diferentes formas de tramitarlo dependiendo de cada caso:
- Si el acto es en la vía pública, hay que pedir autorización al Ayuntamiento. Hay que hacer instancia dirigida a la sección de Estadística, que hará el decreto de autorización en su caso.
- Si el acto es en locales municipales cedidos de forma gratuita a disposición de los partidos, hay que dirigirse a la Junta Electoral de Zona.
- En el resto de locales municipales, pueden dirigirse directamente al equipamiento o a la Unidad de Estadística (se derivará al equipamiento porque se tendrán que cobrar tasas.)
- Legislación
- - Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General