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Solicitud de licencia de primera utilización y ocupación parcial de edificios

Las personas promotoras pueden instar la primera utlización y ocupación parcial de los edificios y las construcciones, objeto de un único proyecto técnico de obras autorizado previamente, siempre que la parte de la que se trate cumpla los siguientes requisitos:
a) Que haya sido ejecutada íntegramente de conformidad con el proyecto autorizado y, en su caso, sus modificaciones y las condiciones de la licencia urbanística otorgada.
b) Que el estado de ejecución de las obras autorizadas permita su utilización y empleo con independencia de la parte del edificio o la construcción no acabada.
c) Que su utilización y empleo y la finalización de las obras no se interfieran mutuamente de manera grave.
d) Otros que estabelixin las ordenanzas municipales de edificación, en su caso.


Obtener instancia


Dónde dirigirse:
OFICINA INFORMACIÓ I ATENCIÓ CIUTADANA
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Coste del servicio:
Según ordenanzas fiscales 2018:
- Viviendas en pisos: 10,25 EUR/unidad
- Edificios unifamiliares: 51,25 EUR/unidad
- Edificios industriales y comerciales: 1,20 EUR/m2
- Aparcamientos, por plaza: 2,15 EUR
- Aparcamiento en edificio de viviendas por plaza: 2,15 EUR
La cuota mínima, en todos los casos, es de 51,25 EUR

Documentación a aportar:
Solicitud de licencia de primera utilización y ocupación parcial de edificios:
- Certificación técnica de adaptación al uso autorizado
- Informe favorable de la ejecución de las conexiones
- Certificado final de obra de la construcción
- Fotografía de la/las fachada/as del edificio
- Documentació gràfica / escrita de les variacions, detalls...
- Certificado de la empresa de residuos
- Certificado tècnico según el estado de ejecución de las autorizaciones permitidas por la utilidad y la ocupación parcial por la independencia de la parte de la edificación no terminada, con la utilidad y el acabado de los objetos no se interrumpen.
- Identidad específica del expediente de objubilación sobre la calidad de la solvencia y la licitación de primera utilitzación parcial. Cal detallar aportar un plànol general amb determinació de la parte sol·licitada.
- Certificado técnico de la conclusión de la parte de obra sobre la calidad de la informacin en la lcnica, en la escena, en la urbanizacin, en los signos y las visas.
- Documentació gràfica/escritos de las variaciones, detalls, etc. que se aclara durante la obra y que no tiene objeto de la modificación de la licencia concedida, que determina el artículo 65 de la ordenanza.
- Certificado de emisión por la dirección facultativa de la obra realizada a la altura de la licencia de obturación a la modificación de los permisos posteriores.
- Justificación del cumplimiento de las condicio- nes especiales de la licencia de obres que corresponden a una fase de aquesta.
- Còpia del informe favorable emes por la empresa subministradora de aigua y clavegueram, respecte a les connexions realitzades, existents y correcte estat de la xarxa prexistent.
- Justificante de la solitud de la alta en el impuesto de bienes inmuebles de la naturaleza urbana o declaración de la alteración cadastral de la finca, si es el cas.
- Justificante de la solvencia de la enseñanza de la materia y de la obra contempla la existencia de una entrada de vehículos
- Certificado de recepción de residuos de la construcción, expedición por un abogado autorizado por la Junta de Residuos de la Generalitat de Catalunya.

Observaciones:
En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo facultades en contra de las prescripciones establecidas en la legislación urbanística y el planeamiento vigente.
La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante en soporte electrónico:
- Personas jurídicas profesionales: PDF
- Personas físicas: CD/DVD

Legislación
- Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo.
- Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de Urbanismo, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto.
- Ley 16/2015, de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Administración de la Generalidad y de los gobiernos locales de Cataluña y de impulso de la actividad económica.
- Decreto 64/2014, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre la protección de la legalidad urbanística.
- Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales.
- Ordenanzas de edificación del municipio aprobadas definitivamente por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento el día 13 de abril de 2015 (BOP núm. 82-29 / 04/15).
- Plan General de Ordenación Urbana aprobado por Resolución del Consejero de Obras Públicas y Urbanismo en fecha 28 de febrero de 2002, publicado íntegramente en el BOP de Girona núm.72, de fecha 14 de abril de 2003 y en el DOGC núm.4618 de 21 de abril de 2006.

Plazo resolución
1 mes

Silencio administrativo
Positivo

Más información;
Ordenanzas fiscales

 

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