Comunicación de pérdida de un animal
La persona propietaria del animal debe comunicar la pérdida, escape y/o robo en cumplimiento de la Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales.
Obtener instancia
Tramitar en línia
- Dónde dirigirse:
- OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- Las personas propietarias o poseedoras de animales de compañía.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Documentación a aportar:
- - Fotografía del animal
- Declaración jurada de animales (la encontraréis en el apartado de "más información")
- Observaciones:
- Las personas propietarias o poseedoras de animales de compañía están obligadas a comunicar al ayuntamiento del término municipal donde se ha producido la pérdida y al ayuntamiento donde está censado del animal, en el plazo de 48 horas, desde que se tiene conocimiento del robo o pérdida de un animal de compañía con la documentación identificativa pertinente a efectos de facilitar su recuperación.
El incumplimiento de esta obligación puede tener consideración de abandono y suponer una infracción muy grave.
- Legislación
- - Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales
- Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales
- Orden de 28 de noviembre de 1988, de creación del Registro de núcleos zoológicos de Catalunya
- Silencio administrativo
- -
- Más información;
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Declaración jurada de animales
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Ordenanza Municipal de protección, control y tenencia de animales
-
Tenencia de animales