Consulta pública previa a la elaboración o modificación de una ordenanza o reglamento
Con carácter previo a la elaboración del proyecto de una norma reglamentaria u ordenanza municipal, o de su modificación, se realizará una consulta pública, en la que se solicitará la opinión de la ciudadania, de las personas y las organizaciones afectadas
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- Dónde dirigirse:
- OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Observaciones:
- Se realizará una consulta pública en la que se pedirá la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones afectadas por la futura norma sobre:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciaitiva
- La necesidad y oportunidad de su aprobación
- Los objetivos de la norma
- Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
- Legislación
- - Art. 133 Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común.