Comunicación previa para construcción de muros
Las construcciones de muros están sujetas al régimen de comunicación previa al Ayuntamiento del tipo 2, de acuerdo con lo establecido en la legislación urbanística de aplicación.
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Tramitar en línia
- Dónde dirigirse:
- OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
- 972 419 010
- www.girona.cat/ic
- A quien va destinado:
- - Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.
- Cómo hacerlo:
- - Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)
- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes
- Coste del servicio:
- Según Ordenanzas fiscales
- Requisitos previos:
- En el supuesto que no venga la persona interesada a solicitar el permiso, hay que aportar una autorización de representación, la fotocopia del documento identificativo original de la persona interesada y documento identificativo original de la persona autorizada.
- Documentación a aportar:
- Comunicación previa para construcción de muros:
- Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede)
- Proyecto técnico visado (soporte electrónico)
- Dirección facultativa
- Identificación del / de la constructor/a de la obra
- Estudio de seguridad
- Designación del coordinador/a de seguridad y salud
Especificaciones técnicas de la documentación a aportar:
- Estudio de seguridad y salud o Estudio básico de seguridad y salud así como la correspondiente designación de la persona coordinadora de seguridad y salud cuando sea exigible según el RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
- Autorización de representación (si procede)
- Observaciones:
- La documentación como planos, croquis, proyectos ... se presentará mediante en soporte electrónico:
- Personas jurídicas profesionales: PDF
- Personas físicas: CD/DVD
Las intervenciones en los bienes sometidos a un régimen de protección patrimonial cultural o urbanística están sujetos a licencia urbanística previa.
Todas aquellas actuaciones previstas en los artículos 6.1 y 6.2 las que requieran el informe preceptivo de otra administración pública quedarán sometidas al régimen de licencia urbanística.
- Más información;
-
Modificación del Título I de las Ordenanzas de edificación
-
Ordenanzas de edificación
-
Web licencias y comunicados de obras
-
Autorización de representación