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Solicitud de ayudas directas a festivales estratégicos de la ciudad de Girona

Este trámite permite presentar una solicitud de subvención a los festivales que estén afectados por la declaración de festivales estratégicos de la ciudad.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Documentación a aportar:
- Instancia específica
- Proyecto de festival con la programación detallada
- Presupuesto detallado
- Plano de financiación y ayuda solicitada*
- Plan de comunicación
Especificaciones de la documentación a aportar:
* Si la ayuda supera los 10.000 EUR, se tiene que incluir la información relativa en las retribuciones de los órganos de dirección o administración de la empresa o entidad, a efectos de hacerlas públicas, en base en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Observaciones:
El Ayuntamiento se reserva la facultad de pedir aclaraciones y/o documentación complementaria de la actividad que se quiere realizar, así como acreditación de los datos que figuran a la solicitud.

Más información;
Subvencions de l'Ajuntament de Girona

 

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Telèfon: 972 419 000 / 972 419 010