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Solicitud de baja en el Registro Municipal de Parejas de Hecho

Es necesario solicitar la baja del Registro Municipal de Parejas de Hecho para anular la unión.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Requisitos previos:
Cuando haya finalizado una unión estable de una pareja, los miembros de ésta no podrán formalizar en el Registro Municipal una nueva inscripción de una relación estable con otra persona hasta que hayan transcurrido al menos seis meses desde la fecha de la baja de la inscripción de la anterior unión estable de pareja.

Documentación a aportar:
- Document identificativo de la persona interesada

Observaciones:
Se realizará presencialmente a la Oficina d'Assistència en Matèria de Registre (OAMR), horario de lunes a viernes de 8:30 a 15:00 horas.

Legislación
Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de Girona, de 1 de abril de 2003.

 

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