Ajuntament de Girona

jueves 26 de diciembre 2024, 21:15:37

Català   |   Castellano

Portada   |   Mapa Web   |   Ayuda

Os encontráis en:   Sede electrónica  » Servicios  » Registro electrónico  » Catálogo de trámites. Todos los trámites de la A a la Z  »  Solicitud de certificado catastral

Solicitud de certificado catastral

Solicitud para poder consultar los datos protegidos del catastro y obtener certificados telemáticos de los bienes inmuebles de los cuales son titulares catastrales y estén incorporados a la base de datos.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Coste del servicio:
Según ordenanzas fiscales

Observaciones:
Debe indicarse la finalidad para la que se pide.

Legislación
- RD Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del catastro inmobiliario.
- Resolución de 29 de marzo de 2005, de la Dirección General del Catastro, por el que se aprueba el régimen de establecimiento y funcionamiento de los PIC.-

Más información;
Ordenanzas fiscales

 

© 2024 Ajuntament de Girona
Plaça del Vi, 1 – 17004 Girona
Telèfon: 972 419 000 / 972 419 010