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Solicitud de exención y bonificación de la tasa para la prestación de los servicios de gestión municipal relativas a los animales de compañía

El Ayuntamiento de Gerona contempla las exenciones y bonificaciones de la tasa por la prestación de los servicios de gestión municipal relativas a los animales de compañía.


Obtener instancia

La tramitación en línea de este trámite se realiza a través de la Oficina Virtual Tributaria.

Haga clic en el siguiente enlace para acceder:

Acceso a la Oficina Virtual Tributaria



Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Documentación a aportar:
Solicitud de exención de la tasa por la tenencia y control de los animales:
- CONTRACTE D'ADOPCIÓ DE L'ANIMAL
- DOCUMENT QUE ACREDITI QUE L'ANIMAL ÉS UN GOS D'ASSISTÈNCIA
- Certificado de ingresos de la Agencia estatal de administración tributaria / autorización para la consulta de datos
Las bonificaciones descritas no serán acumulativas, siendo de aplicación la que resulte más beneficiosa para la persona contribuyente.

Observaciones:
EXENCIONES:
- Para las personas titulares de perros de asistencia.
- para las personas titulares de animales mayores de 15 años.
- Para las personas titulares de animales cuyos ingresos no sean superiores a la cuantía mínima prevista por el ordenamiento estatal por la pensión mínima mensual de jubilación a los 65 años sin cónyuge (unidad familiar unipersonal) más 15 euros. En el caso de pensionistas con cónyuge o hijo a cargo, los ingresos de la unidad familiar no tendrán que exceder del límite anterior en más de una cuarta parte.

BONIFICACIONES:
- Bonificación permanente del 50% del importe de la tasa de aplicación para las personas titulares de animales adoptadas en el Centro municipal de acogida de animales de Girona.
- Bonificación permanente del 25% del importe de la tasa de aplicación para los titulares de animales adoptados en otros centros públicos y/o entidades de acogida y protección de animales. Las personas contribuyentes tendrán que adjuntar a la solicitud de bonificación, copia del contrato de adopción debidamente formalizado.
- Bonificación del 50% del importe de la tasa de aplicación para las personas titulares de un segundo o más gatos. Estarán exentos de esta tasa las personas ciegas o con otras discapacidades que necesiten un perro para guiarse, así como las personas cuyos ingresos no sean superiores a la cuantía mínima prevista por el ordenamiento estatal para la pensión mínima mensual de jubilación a los 65 años sin cónyugue (unidad familiar unipersonal) más 15 euros. En el caso de pensionistas con cónyugue o hijo a cargo, los ingresos de la unidad familiar no deberán execeder el límite anterior en más de una cuarta parte.
- Se deberán acreditar los ingresos de todos los miembros de la unidad familiar mayores de 16 años.
- También disfrutará de exención el primer año natural de esta tasa el sujeto pasivo que adopte un perro en la perrera municipal.

Legislación
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la tenencia y control de los animales.

Plazo resolución
6 meses

Silencio administrativo
Negativo

Trámites relacionados:
Solicitud de bonificación del impuesto sobre bienes inmuebles
Solicitud de bonificación de la tasa de basuras

Más información;
Ordenanzas Fiscales
Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales

 

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