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Solicitud de ayudas dentro del programa "Aixequem persianes"

"Aixequem persianes" es un programa de ayudas que nace para fomentar la implantación de actividades económicas en locales situados en las calles y barrios más afectados por la crisis en relación con el nivel de actividad económica y mejorar así la cohesión social mediante este programa de ayudas.


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Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Titulares de actividades empresariales que establezcan su actividad económica, en locales comerciales que estén ubicados en barrios, sectores y secciones censales que se detallan en las bases reguladoras.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Requisitos previos:
Los y las titulares de l'actividad:
- Pueden ser proyectos cooperativistas; personas fisicas o juridicas con proyectos de emprendimiento o experiencies singulares que contribuyan a dinamizar zonas emblematicas o incentivar sectores en riesgo
- Tienen que estar en el día de sus obligaciones tributarías con el Ayuntamiento de Girona, con la Tesorería General de la Seguridad Social y con lo Agencia Tributaría de la Administracio Estatal

Requisitos de los locales:
- Tienen que estar situados en los barrios, sectores y secciones censales de los distritos de la ciudad de Girona que se detallan en las bases reguladoras
- Tiene que hacer como minim 3 meses que están cerrados y sin actividad economica
- Tienen que ser locales abiertos de cara al public

Requisitos de las actividades:
- La actividad tiene que estar dada de alta
- Tienen que cumplir como mínimo UNO de los siguientes requisitos:
- Tratarse de actividades cooperativistas
- Tratarse de actividades que promocionen el talento, la creatividad y/o la artesanía
- Que representen una complementariedad con la oferta del barrio
- Que reporten una aportación de valor añadido al mix comercial de la zona
- Que no se trate de concesiones de licencias administrativas
- Experiencias singulares que contribuyan a dinamizar zonas emblemáticas del barrio o incentivar sectores en riesgo

Documentación a aportar:
- Fotocopia del documento identificativo del la persona solicitante
- Fotocopia del documento identificativo de la/las persona/se representando/s en caso de que solicitante sea una entidad
- Para entidades con o sin personalidad jurídica: fotocopia del CIF de la empresa.
- Para entidades con o sin personalidad jurídica: fotocopia de la escritura de constitución de la entidad y posteriores modificaciones realizadas en los estatutos fundacionales.
- Alta censal de la Agencia Tributaria Hacienda A.E.A.T. (modelo 036 o 037)
- Para las personas físicas: alta al régimen especial de trabajadores autónomos o por cuenta propia de la Seguridad Social (RETA) y comprobando pago de los últimos 3 recibidos ala Tesorería General de la Seguridad Social ( TGS)
- Declaración Responsable (actividades inocuas) o Comunicación de inicio de actividad (actividades de bajo riesgo), anexando la documentación/justificación adicional:
- Al menos 1 fotografía del interior y exterior del establecimiento
- Acreditación/justificación que se cumple como mínimo UNO de los requisitos establecidos a las bases
- Memoria descriptiva del proyecto empresarial con explicación detallada del desempeño de alguno, algunos o todos los criterios de valoración especificados a las bases reguladoras
- Copia del contrato de alquiler
- Si se tercia, declaración firmada por la propiedad del local conforme este ha sido desocupado y sin actividad como mínimo los tres meses anteriores a la presentación de la solicitud

Observaciones:
El periodo de presentación de solicitudes es del 1 al 30 de septiembre de 2022.
El régimen de concesión de estas subvenciones es el de concurrencia competitiva mediante convocatoria abierta.
Hay unas bases específicas para la convocatoria.

Legislación
- Ordenanza general de subvenciones de l Ajuntament de Girona,sus organismos autónomos y entes de los cuales dependen
- Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Catalunya (TRLMRLC, arts. 240 i ss)
- Decreto 179/1995, de 13 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de obras, actividades y servicios de los entes locales (ROAS, arts. 118 i ss)
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (RLGS)
- Ley 26/2010 de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Catalunya.
- Ley 39/2015, d'1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
- Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Llei 19/2014 de transparència, de 29 de desembre, d'accés a la informació pública i bon govern.
- La resta de normativa vigent aplicable.

Más información;
Programa Aixequem Persianes
Mapa territorial de las ayudas "Aixequem Persianes"

 

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