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Solicitud de subvención para la organización de eventos deportivos en la ciudad de Girona

Esta convocatoria tiene por objeto fijar los criterios para la concesión de subvenciones destinadas a organizar y desarrollar eventos deportivos de carácter puntual y / o extraordinario en la ciudad, con el objetivo de promover, potenciar y diversificar la práctica deportiva, y en el caso de la línea programa C.1, que produzca un impacto social y económico o de promoción de Girona.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas físicas o jurídicas que tienen capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles.
- Los/las menores de edad para el ejercicio y la defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Se exceptúa el supuesto de los/las menores incapacitados/as, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y la defensa de los derechos o intereses de que se trate.
- Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados/as, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:
a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 16 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Requisitos previos:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones destinadas a organizar y desarrollar eventos deportivos en la ciudad, las entidades jurídicas (asociaciones, entidades, clubes...), personas físicas y, sociedades que deben cumplir las siguientes condiciones:

- Estar legalmente constituidas.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Girona, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social.
- Las entidades deportivas tendrán que declarar de no incurrir en ninguna incompatibilidad de las que se establece en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Quedarán excluidas aquellas entidades jurídicas, personas físicas y, sociedades que han recibido o deban recibir una aportación económica consignada nominativamente en el presupuesto municipal, que reciban una subvención directa con carácter extraordinario o que dispongan de una concesión de una instalación municipal.

Documentación a aportar:
- Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, haciendo constar la dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones.
- Identificación de quien debe ser el beneficiario, si es diferente de la anterior.
- Documentación acreditativa de la representación, en caso de que la persona solicitante actúe en nombre de otra persona física o jurídica.
- Declaraciones responsables que se relacionan y que se incluyen en el impreso de solicitud, (debe estar firmado):
- Declaración de las subvenciones obtenidas o solicitadas para la misma finalidad, y compromiso de comunicar al Ayuntamiento las que solicite u obtenga en el futuro.
- Declaración de compromiso de cumplir las condiciones de la subvención.
- Declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y autorización al órgano gestor de la subvención para obtenerla. En caso de que no se autorice a comprobar directamente esta circunstancia, será necesaria la aportación de los certificados
correspondientes antes de la resolución de concesión.
- Declaración de no incurrir en ninguna de las circunstancias que imposibilitan obtener la condición de beneficiario de subvenciones recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones.
- Memoria de la actividad a subvencionar. (Debe incluir la descripción de los requisitos mínimos)
- En el caso de las actividades que se acojan en el programa C1, hay que presentar: Memoria de la justificación del impacto económico previsto, y también teniendo en cuenta la experiencia de ediciones anteriores: datos de la procedencia de los participantes, datos de la participación por género, datos de pernoctaciones en la ciudad (si es el caso), número de acompañantes, etc...
- Presupuesto total de ingresos y gastos previstos para la actividad a realizar.
- Datos bancarios donde, si se subvencionada la actividad propuesta, se podrá transferir el importe de la subvención, en caso de que estos datos hayan sufrido alguna modificación (trámite: Comunicación de datos bancarios de acreedores, que encontrará en la Sede electrónica)

Observaciones:
Hay unas bases específicas anuales para esta convocatoria.
El plazo de presentación de solicitud finaliza el día 8 de noviembre de 2024.

Pueden ser objeto de subvenciones las siguientes líneas/programas:
C.1. Subvenciones para la organización de acontecimientos deportivos con impacto económico y turístico o de promoción por la ciudad.
C.2. Subvenciones para la organización de acontecimientos deportivos puntuales relacionados con las actividades físicas y del deporte.

Plazo resolución
- 3 meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Más información;

 

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