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Solicitud de subvenciones para la organización de fiestas y actividades populares en los barrios y sectores de la ciudad de Girona.

Otorgamiento de subvenciones destinadas a fomentar y promocionar las fiestas y las celebraciones populares en los barrios de la ciudad de Girona y apoyar a aquellas entidades vecinales que las organizan.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Entidades vecinales sin ánimo de lucro.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica

Requisitos previos:
- Estar legalmente constituidas y tener la sede social y desarrollar la actividad en alguno de los barrios de la ciudad de Girona.
- Estar inscritas en el Registro de Entidades de este Ayuntamiento y estar al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Girona, con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social. Las entidades podrán autorizar al Ayuntamiento de Girona a consultar y obtener los certificados emitidos por las administraciones correspondientes. En caso contrario, deberán presentar ellas estos documentos.
- No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.


Documentación a aportar:
- Solicitud de subvención juntamente con la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiarios.
- Proyecto de la actividad para la cual solicita la subvención así como el pressupuesto desglosado de ingresos y gastos.

Observaciones:
Convocatoria 2022
El plazo de presentación de solicitudes a través de la sede electrónica será del 11 de junio al 4 de julio del 2022.

Legislación
- Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Girona
- Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local
- Decreto 179/1995, de 16 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Obras, actividades y servicios de los entes locales.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y su reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.

Trámites relacionados:
Comunicación de datos bancarios de acreedores/as

Más información;
Ordenança general de subvencions
Subvenciones, becas y ayudas del Ayuntamiento de Girona

 

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