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Solicitud en relación a la licencia para tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos

La tenencia de perros considerados potencialmente peligrosos requerirá la obtención previa de la licencia administrativa para la tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos.


Obtener instancia     Tramitar en línia


Dónde dirigirse:
OFICINA D'ASSISTÈNCIA EN MATÈRIA DE REGISTRE OAMR
972 419 010
www.girona.cat/ic

A quien va destinado:
- Las personas propietarias, mayores de edad, que conduzcan un perro considerado potencialmente peligroso.

Cómo hacerlo:
- Telemáticamente mediante la Sede Electrónica
- Correo postal
- Presencialmente en el registro electrónico general
- En los registros electrónicos generales de:

a) La Administración General del Estado
b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas
c) Las entidades que integran la Administración Local
d) El sector público institucional (su integración está regulada en el artículo 2.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre)

- En las oficinas de Correos, tal como se establezca reglamentariamente
- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
- En las oficinas de asistencia en materia de registros
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

Coste del servicio:
Según ordenanzas fiscales

Documentación a aportar:
Solicitud en relación a la licencia para tenencia y conducción de perros potencialmente peligrosos:
- Certificado de penales
- Document identificativo de la persona interesada
- Cartilla sanitaria veterinaria
- Certificado de no tener sanciones por infracciones graves o muy graves / declaración jurada
- Seguro de responsabilidad civil (si procede)
- Recibo vigente del pago del seguro de responsabilidad civil
- Certificado médico oficial
- Documento de identificación del animal expedido por un/a veterinario/a
- Documento de pago de la tasa o el precio público municipal (si procede)
- Fotografía actual
- Denuncia de sustracción o pérdida

Observaciones:
Tienen la consideración de animales potencialmente peligrosos todos aquellos que muestran de forma individual una conducta de amenaza o de agresión sin provocación constatada o responden agresivamente sin ningún estímulo externo, previo informe o peritaje veterinario; también aquellos para los que reglamentariamente y con carácter general, para la especie o raza con independencia de la agresividad individual.
Están catalogados como animales potencialmente peligrosos los siguientes:
a) Perros que pertenecen a una de las siguientes razas a sus cruces: bullmastiff doberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasileño, mastín napolitano, pit bull terrier, presa canario, rottweiler, Staffordshire bull terrier, terrier de Staffordshire americano, Tosa Inu o japonés, Akita Inu y American Bully.
b) Perros que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.
c) Perros que reúnen todos o algunos de los siguientes requisitos, excepto los perros guía o de asistencia acreditados o adiestrados en centros oficialmente reconocidos o en periodo de instrucción: fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia; marcado carácter y gran valor; pelo corto; perímetro torácico entre 60 cm y 80 cm, altura a la cruz entre 50 cm y 70 cm y peso superior a 20 kg; cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho; mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto; tórax ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto; extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y las posteriores musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
d) Cualquier otro que indique el desarrollo y / o modificación de la legislación vigente.
Se necesita una licencia por cada persona que pasee el perro por la calle.
La vigencia de la licencia es de 5 años y se renovará por períodos iguales.
No hay que tener antecedentes penales en determinados delitos.
Si son personas extranjeras deberán solicitar el certificado de antecedentes penales en el Registro Civil o en la oficina de tramitación del DNI
No hay que haber sido sancionado/a por infracciones graves o muy graves, en lo referente a la legislación sobre animales potencialmente peligrosos.
La documentación para todos los casos es la misma (renovación y alta).
En caso de duplicado del carnet por pérdida, se deberá presentar una denuncia.

Legislación
- Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales.

Trámites relacionados:
Solicitud de alta en el censo de animales
Solicitud de cambio de titular de un animal en el censo de animales
Solicitud de cambio de domicilio de un animal en el censo de animales
Solicitud de baja en el censo de animales

Más información;
Ordenanza municipal de protección, control y tenencia de animales
Tenencia de animales

 

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